Más de 20 años de ejercicio profesional como Abogado reclamando con éxito las indemnizaciones por lesiones a las que tienen derecho sus Clientes. Le avalan además de su experiencia, el cobro de cientos de miles de euros en indemnizaciones para sus Clientes. Un extenso bagaje y una dilatada carrera profesional contrastada son sin duda la garantía del éxito de este Abogado altamente especializado en reclamaciones de responsabilidad civil.
Desde nuestro despacho de abogados hemos prestado asistencia jurídica a numerosos Clientes que han sido víctimas de agresiones por otras personas.
Estas agresiones suelen producirse por lo general en el interior de bares, en terrazas, discotecas y locales de ocio nocturno, aunque no son tampoco infrecuentes las agresiones acontecidas en el marco de discusiones de tráfico, de reuniones de vecinos e incluso en el seno de disputas familiares. Se trata de actuaciones incívicas constitutivas de delito de lesiones, tipificado en el artículo 147 de nuestro Código Penal.
“1. El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión que menoscabe su integridad corporal o su salud física o mental, será castigado, como reo del delito de lesiones con la pena de prisión de tres meses a tres años o multa de seis a doce meses, siempre que la lesión requiera objetivamente para su sanidad, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirúrgico. La simple vigilancia o seguimiento facultativo del curso de la lesión no se considerará tratamiento médico.
2. El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión no incluida en el apartado anterior, será castigado con la pena de multa de uno a tres meses.
3. El que golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión, será castigado con la pena de multa de uno a dos meses.
4. Los delitos previstos en los dos apartados anteriores sólo serán perseguibles mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal “
A su vez la Jurisprudencia del Tribunal Supremo ha venido perfilando el conjunto de elementos que integran la descripción típica del delito de lesiones:
a) Un acto de acometimiento físico, por cualquier procedimiento: la agresión propinando por ejemplo golpes por distintas partes del cuerpo.
b) El ánimo de lesionar (ánimus laedendi); el autor se debe representar y aceptar la posibilidad cierta de menoscabar con su acción la integridad física del otro.
c) La causación de unas lesiones: se refleja en los partes médicos y en los informes médico forense, si han precisado, además de primera asistencia facultativa, tratamiento médico, o una sola asistencia facultativa (distinción entre delito y delito leve).
d) Relación de causalidad entre la acción lesiva y el resultado habido; atendiendo a los partes médicos, la realidad de las lesiones sufridas consecuencia directa de la acción agresiva desplegada por el autor del delito.
Por desgracia, este tipo de agresiones son más habituales de lo que podríamos llegar a pensar, estimándose en una de cada cuatro las personas que resultan lesionadas por peleas y agresiones cuando se encuentran frecuentando bares y discotecas.
Los ataques se producen por lo general tras un consumo abusivo de alcohol, que propicia todo tipo de discusiones y peleas en estos espacios. Un simple encontronazo, un tropiezo, choque accidental o una mirada cruzada pueden ser el detonante de una agresión o pelea en la que nos podemos ver implicados aún sin haber buscado esa situación.
¿Cuantas veces hemos visto en estos locales o incluso en la calle cómo un grupo de jóvenes comienzan una discusión, y acaban enzarzándose en una pelea en la que se ven afectadas incluso terceras personas ajenas a los hechos? Pues bien, esta es la habitual situación en la que una persona termina sufriendo lesiones personales por verse involucrada en una pelea o agresión.
¿Tiene derecho a ser indemnizada una persona que se ve súbitamente agredida en un local de ocio nocturno, en una reunión, o en cualquier otro espacio? La respuesta debe ser necesariamente afirmativa.
Las personas víctimas de este tipo de agresiones, tienen derecho a obtener una indemnización del autor de las mismas, y de dicha indemnización va a responder el agresor de una manera casi automática, pues así lo establece el artículo 116 del Código Penal.
" Toda persona criminalmente responsable de un delito lo es también civilmente si del hecho se derivaren daños o perjuicios. Si son dos o más los responsables de un delito los jueces o tribunales señalarán la cuota de que deba responder cada uno".
Nos encontramos en definitiva ante un supuesto de lo que en el mundo jurídico se conoce como “responsabilidad cuasi-objetiva” respecto de los agresores, que deben responder por los daños que ocasionen a sus víctimas.
Desde este despacho de abogados sito en Madrid Centro estamos también especializados en reclamaciones frente a agresiones a personas y ayudamos a nuestros clientes a cobrar su indemnización incluso mediante la interposición de una denuncia o querella criminal, acompañándoles y asesorándoles a lo largo de todo el procedimiento.
Desde nuestro despacho de Abogados especialistas en agresiones a personas tenemos como meta obtener para nuestros Clientes la mejor indemnización. De esta manera Ud. quedará resarcido desde todas las perspectivas posibles; tanto por las lesiones físicas y psicológicas sufridas, como por sus eventuales secuelas, como por los daños materiales y gastos ocasionados a Ud., como por el denominado “lucro cesante” (lo que dejamos de percibir a resultas del ataque), o por los daños morales, e incluso por los gastos que a futuro pudieran sobrevenir a la víctima como consecuencia del ataque del perro.
Además desde nuestro bufete nos comprometemos a caminar a su lado durante toda la reclamación y a obtener su indemnización en el menor tiempo posible. Iniciaremos un proceso de negociación inmediato con el Abogado de la parte contraria, proceso del que Ud. estará informado en todo momento y del que no tendrá que preocuparse absolutamente por nada.
Desde este despacho de abogados contamos con una amplia experiencia profesional de más de 20 años, y el apoyo de los Peritos profesionales más especializados en la materia, para lograr siempre el cobro de la mayor indemnización posible para Ud.
En el despacho hemos ha ganado muchos juicios en los que ha obtenido significativas indemnizaciones para sus lesionados clientes, como por ejemplo las siguentes:
SENTENCIA 09/03/2021 nº 61/2021 del Juzgado de lo Penal nº 1 de Gandía PA 282/19.
“HECHOS PROBADOS
El acusado […] con DNI […], mayor de edad, y sin antecedentes penales, sobre las 06:00horas del día 28 de junio de 2018, en el exterior de la discoteca […] de Gandía, guiado por el ánimo de menoscabar la integridad física de […], con quien había tenido un incidente previo en el interior de la discoteca, y sin que mediara provocación o intento alguno de agresión de este, le asestó un puñetazo en la boca que hizo que cayera al suelo.
A consecuencia de estos hechos, […] de 30 años en el momento de los hechos, sufrió lesiones consistentes en herida abierta en labio superior izquierdo, herida incisa en labio inferior izquierdo, pérdida de las piezas dentarias 21 y 22, movilidad de la 23 y fractura de diente nº11,que precisaron para su sanidad una primera asistencia facultativa así́ como tratamiento médico quirúrgico, necesitando tratamiento odontológico especializado para la reparación/sustitución de las piezas dentarias, tardando en curar 30 días con perjuicio personal moderado por pérdida de calidad de vida, quedándole como secuelas la pérdida de tres piezas dentales y perjuicio estético moderado.
El perjudicado se encuentra en tratamiento odontológico que asciende a un importe de 3.950 euros y reclama por estos hechos […]
FALLO
DEBO CONDENAR Y CONDENO a […] como autor responsable de un delito de LESIONES del art. 147.1 CP, a la pena de 1AÑO DE PRISIÓN con accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y a indemnizar a […] en la cantidad de:
- 1.860 euros por las lesiones
- 1.350 euros por las secuelas
- 9.000 euros por el perjuicio estético moderado
– 3.950 euros por el tratamiento odontológico.
Cantidades que devengarán los intereses legales previstos en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Todo ello con expresa condena al pago de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular.
SENTENCIA 13/09/2019 nº 283/2019 del Juzgado de lo Penal nº 13 de Madrid PA 121/19.
“HECHOS PROBADOS
ÚNICO.- Se considera probado y así se declara por estricta conformidad de las partes que, el 6 de septiembre de 2017, sobre las 22:30 horas, los acusados, […] y […], iban caminando por la calle […] de Madrid, cuando al ver a […] en la otra acera se cruzaron y dirigieron hacia él. La acusada iba gritándole “Te vamos a matar, hijo de puta, sin vergüenza” comenzando entre esta y […] una discusión.
En un momento dado, […] se dio la vuelta para marcharse y sin mediar palabra, el acusado le propinó un golpe en la cabeza por el cual […] cayó al suelo.
Como consecuencia de estos hechos, […] Rodríguez sufrió lesiones consistentes en contusión occipital, contusión en muñeca derecha y trastorno de ansiedad postraumático, habiendo precisado tratamiento psicofarmacológico para el TEPT, tardando en sanar 149 días, todos ellos impeditivos.
FALLO
DEBO CONDENAR Y CONDENO a D. […], como autor penalmente responsable de un delito de lesiones del Art. 147 CP., concurriendo la circunstancia atenuante muy cualificada de reparación del daño del Art. 21.5CP., a la pena de un mes y dieciséis días de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, que se sustituye conforme a lo dispuesto en el Art. 71.2 CP., por la pena de multa de tres meses y dos días, a razón de una cuota diaria de tres euros, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no satisfechas prevista en el Art. 53 CP., prohibición de aproximarse a […] a una distancia inferior a 100 metros en cualquier lugar en el que se encuentre y de comunicarse con el, por cualquier medio, durante un año, un mes y dieciséis días, y a que indemnice a […] en la cuantía de 14.900 euros por las lesiones causadas, en concepto de responsabilidad civil.
SENTENCIA 09/03/2021 nº 287/2019 del Juzgado de Instrucción nº 19 de Madrid JDL 386/20.
“HECHOS PROBADOS
ÚNICO.- Se declara probado que sobre las 20:40 h del 23 de enero de 2022 en la calle […] de Madrid, cuando […] se encontraba en una reunión de vecinos en la que se estaba discutiendo una derrama, D. […] se dirigió a él de forma agresiva y le propinó un cabezazo en la cara causándole fractura de huesos propios no desplazada que curó con la primera asisencia facultativa en 29 días, estando todos ellos impedido para sus actividades habituales, quedándole como secuela leve desviación de septal […]
FALLO
Condeno a […] como autor de un delito leve de lesiones a la pena de multa de un mes con una cuota diaria de cinco euros, con apercibimiento de incurrir en responsabilidad personal subsidiaia de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas y a que indemnice a […] en la cantidad de TRES MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES (3.943) EUROS por lesiones y secuelas”